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ANALFABETISMO JURÍDICO
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Laritza Diversent

Periodista independiente. laritzadiversent@yahoo.es

 
Por Laritza Diversent
Publicado el 29/10/2009
 

Cuba puede que sea el país donde existen un sin número de leyes prohibitivas. Lo que  es seguro es que es el país de mayor índice de analfabetismo jurídico. El desconocimiento de la legislación nacional alcanza límites insospechados. Afecta a los ciudadanos y también a los dirigentes de las altas esferas del gobierno.


El Calvario, La Habana, octubre 29 de 2009 (PD) Cuba puede que sea el país donde existen un sin número de leyes prohibitivas. Lo que  es seguro es que es el país de mayor índice de analfabetismo jurídico. El desconocimiento de la legislación nacional alcanza límites insospechados. Afecta a los ciudadanos y también a los dirigentes de las altas esferas del gobierno.

 

Imaginen que el líder de una nación, no sepa en qué precepto constitucional ampararse para dictar una disposición. Parece una locura, una ridiculez, algo ilógico, pero en Cuba sucedió.

 

Después de fundamentar las circunstancias de hechos que motivaban la adopción del Decreto-Ley No. 67 de 1983, de Organización de la Administración Central del Estado, el entonces presidente del Consejo de Estado, Fidel Castro Ruz, al seguir  con la fundamentación legal que lo amparaba para tal acto, continuó:

 

“POR TANTO: El Consejo de Estado, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el artículo 88 inciso c), de la Constitución de la República de Cuba, acuerda dictar el siguiente…” 

 

El referido artículo fundamenta constitucionalmente la iniciativa legislativa. Esta constituye el derecho que tienen determinadas personas (naturales o jurídicas), de elevar a la consideración del órgano legislativo un proyecto de ley para que este lo examine y resuelva acerca de su aprobación de acuerdo con el procedimiento fijado en la Constitución o las leyes.

 

El máximo líder de la revolución cubana, Fidel Castro Ruz, en vez de fundamentar la actividad legislativa que la Constitución de la República le reconoce al Consejo de Estado en el inciso c)  del Artículo 90, utilizó el precepto que reconoce al órgano, como sujeto facultado  para ejercer la iniciativa legislativa.

 

¿Cómo pudo el hombre que más ha legislado en este país, graduado en abogacía, cometer tan craso error? Si hubiese sido una sola vez, pensaríamos: “se equivocó, un error lo tiene cualquiera”. El problema es que hubo una segunda vez.

 

El Comandante en jefe utilizó la misma fórmula para fundamentar sus atribuciones en la adopción del Decreto Ley Número 128 del 18 de junio de 1991, que modifica el articulado de la vigente Ley de Procedimiento Penal. No obstante el error, estas disposiciones mantienen su vigencia y cumplieron la función, para la que fueron creadas.

 

Este gazapo jurídico me hace preguntarme si el líder histórico no tenía un grupo de asesores que le evitara hacer el ridículo. Quizás no se atrevieron a hacerle ver su error o eran tan ignorantes de temas legales como él.  Demostrado queda que el analfabetismo jurídico es uno de los problemas que más afecta a los cubanos. Incluso a sus dirigentes, principalmente a los históricos.

laritzadiversent@yahoo.es