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LAS CARAS OCULTAS DE LA…TARJETA BLANCA (II)
- Por Wilfredo Vallín Almeida
- Publicado 4/02/2010
- La Consulta
- No valorado
Wilfredo Vallín Almeida
Reside en La Habana. Abogado, economista, profesor, ensayista y politólogo. Dirige la Asociación Jurídica Cubana. primaveradigital@gmai.com
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La Víbora, La Habana, 4 de febrero de 2010, (PD) En la edición anterior de esta consulta habíamos publicado una carta recibida donde el remitente, que pedía no ser identificado, nos solicitaba que respondiéramos a toda una serie de preguntas sobre la controvertida “Tarjeta Blanca” que los cubanos tenemos que tener para poder salir del país.
Habiendo prometido hacerlo, nos dimos a la tarea de buscar la información pertinente y ya podemos brindar algunos elementos, aunque aún quedan muchos otros por develar antes de poder exponerlos aquí. No obstante, las primeras interrogantes ya pueden ser respondidas.
Pregunta No.1: ¿Cuándo fue creado el “permiso de salida” o “tarjeta blanca?
Respuesta: En el libro Compendio de Disposiciones legales sobre Nacionalización y Confiscación del Ministerio de Justicia, editado por Colección Patrimonio de 2004, leemos:
“La Ley 989/61 tuvo su antecedente en la Resolución No.454 de 21 de septiembre de 1961, dictada por el Ministerio del Interior, que tenía como propósito regular la concesión de permisos a personas que salían del territorio nacional y su fundamento estaba en declarar el abandono de las propiedades de las personas naturales que, con el objetivo de burlar las disposiciones dictadas por el Gobierno Revolucionario, decidían emigrar dejando sus bienes en poder de familiares o testaferros… .
Esta Ley se mantiene hasta nuestros días, aún cuando su contenido político ya no es el mismo, al variar el carácter de la emigración. Su fundamento jurídico continúa siendo el abandono de los bienes por las personas que deciden emigrar definitivamente del país en forma legal o ilegal”.
Pregunta No.2: La tarjeta blanca, ¿existe en otros países o es solamente un “invento” nacional?
Respuesta: Hasta donde sabemos, la gran mayoría de los países del orbe no tienen un documento semejante, pero no podemos garantizar su inexistencia en países tales como China, Corea del Norte y algún otro país totalitario.
Pregunta No.3: ¿Por cuáles autoridades fue creada?
Respuesta: Como puede verse de la respuesta a la primera pregunta, al parecer fue el Ministerio del Interior quién primero trató el tema. Ello dio lugar a que, posteriormente, se emitiera la Ley 989 de 1961 que ya reguló el asunto a un rango superior, es decir, por una Ley y no por una simple resolución administrativa.
En las ediciones subsiguientes responderemos el resto de las preguntas para luego pasar a comentar este documento… que parece presentar muchas caras.
vallinwilfredo@yahoo.com
