La Víbora, Ciudad Habana, 8 de julio de 2010, (PD) ¿Cómo se inscribe una agrupación en el Registro de Asociaciones del Ministerio de Justicia? He aquí una pregunta que se nos ha hecho en repetidas ocasiones por muchas organizaciones pequeñas y medianas de la sociedad civil. Y siempre hemos tratado de explicar, de la mejor manera posible, a los que han acudido a nosotros con semejante interrogante.

Pero lo anterior, que en cualquier otro lugar del mundo vendría matizado por un simple tratamiento burocrático de más o menos duración, se torna aquí largo, muy largo…y difícil, por no decir imposible.

Para ilustrar esto, haré un paralelo entre la ley y la gestión que ha realizado la Asociación Jurídica Cubana para esa inscripción. Un ejemplo gráfico y real será el mejor exponente de lo que queremos decir y a donde queremos llegar.

Lo primero que se necesita para inscribirse en el Registro de Asociaciones del Ministerio de Justicia es la asociación misma, puesto que no puede inscribirse aquello que no existe. Lo segundo es tener la Ley que regula y explica este proceso pues sin ella no se tendría una guía que orientara los pasos necesarios a dar.

Eso fue precisamente lo primero que hizo la Asociación Jurídica Cubana (AJC): crearse…Pero ya aquí comenzaron los problemas.

A una miembro de esa asociación, la policía política le dijo que podían ser enjuiciados dado que no estaban inscritos en el registro correspondiente…o sea, que no podía existir (ni siquiera instantáneamente) una agrupación que no estuviese inscrita, en tanto que a la AJC le parecía que un niño debía primero nacer y acto seguido inscribirse su nacimiento y no a la inversa, puesto que ello sería un absurdo.

Los letrados de la Asociación que nos ocupa, consiguieron la Ley de Asociaciones del Ministerio de Justicia, Ley No. 54 de 1987, la estudiaron minuciosamente y conforme a sus especificaciones, dieron el primer paso en el camino de la inscripción, a saber, solicitaron al Ministerio correspondiente, en este caso al de Justicia, una certificación que acreditara que no existía otra asociación en el país con ese nombre o con iguales propósitos que la AJC… y aquí empezó lo que llamamos “el largo camino”.

Después de cumplirse el plazo reglamentario que señala la ley, comenzó la otra parte a la que denomino “el silencioso camino”, porque a pesar de lo que establece el artículo 63 de la Constitución de la república, a saber, “Todo ciudadano tiene derecho a dirigir quejas y peticiones a las autoridades y a recibir la atención o respuestas pertinentes y en plazo adecuado, conforme a la ley”, el resultado fue… el silencio más absoluto.

Casi un año después, el día 4 de marzo de 2010 (de nuevo el camino largo), la AJC, haciendo uso pleno del derecho constitucional mencionado antes, reiteró su solicitud, esperó una vez más y no recibió, de igual modo, ni atención ni respuesta (nuevamente el silencio).

Ante la callada administrativa que la AJC interpretó como denegación de su solicitud, el presidente de la Asociación, en representación de toda ella, interpuso un Recurso de Alzada ante la Ministra de Justicia la que, al tampoco responder en lo absoluto, puso fin a la vía administrativa e hizo imposible su continuación.

Así las cosas, no ha quedado otra alternativa posible a la Asociación Jurídica Cubana que acudir a la vía judicial, lo cual ya hizo ante la Sala Segunda de lo Civil y de lo Administrativo del Tribunal Provincial de Ciudad Habana, para intentar hacer valer su aspiración como procedería en un verdadero Estado de Derecho.

La AJC no se engaña en relación con el estado de cosas en Cuba y solo quiere agotar prudente y legalmente las vías y procedimientos internos establecidos en el país.

Es prácticamente imposible alentar ninguna fe, credibilidad o respeto a un sistema legal y judicial del cual la propia jefa de la Contraloría General dijo hace apenas unas horas (y fue publicado por el periódico Granma) que en numerosas empresas estatales sometidas a auditoría se detectaron “deficiencias y descontrol administrativo entre otras irregularidades”, siendo uno de los problemas importantes que existen en la isla “el irrespeto a las normas legales”.

Si ellos mismos lo reconocen, ¿qué es posible esperar de todo esto?

De todas maneras, nuestro consejo a toda agrupación que se crea con derecho a hacerlo es que solicite su inscripción en el Registro. Así, cuando sean llevados alguna vez ante los tribunales por “ASOCIACIÓN ILÍCITA” tendrán al menos la convicción moral de que los violadores de la ley… no lo son ellos.