Hildebrando Chaviano Montes
Abogado, encargado de Relaciones Públicas del Movimiento de integración racial Juan Alberto Gómez. Miembro de la Corriente Agramonista de Abogados Independientes. hildebrando.chaviano@yahoo.com http://hchaviano5.blogspot,com
LABERINTO MIGRATORIO
- Por Hildebrando Chaviano Montes
- Publicado 5/02/2010
Hoy por hoy, el cubano que realiza los trámites migratorios es un desvalido que se enfrenta a misteriosos vericuetos administrativos y pseudos-legales que no son hechos públicos quién sabe por qué oscuras razones.
El derecho a viajar –y a regresar al país- queda establecido en el artículo 30 de la Constitución de la República de 1940:
“Toda persona podrá entrar y permanecer en el territorio nacional, salir de él, trasladarse de un lugar a otro y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte u otro requisito semejante, salvo lo que se disponga en las leyes sobre inmigración y las atribuciones de la autoridad en caso de responsabilidad criminal. A nadie se obligará a mudar de domicilio o residencia sino por mandato de autoridad judicial y en los casos y con los requisitos que la ley señale. Ningún cubano podrá ser expatriado ni se le prohibirá la entrada en el territorio de la República”.

Este derecho no está refrendado por la constitución socialista de 1976. Para el régimen cubano, los derechos civiles y políticos han quedado resumidos en el derecho a un trabajo mal remunerado; a una salud pública con insuficiente personal médico y paramédico, falta de medicamentos, y estado ruinoso y antihigiénico de las instalaciones hospitalarias, excepto Cira García, CIMEQ, y alguna que otra exclusividad; y a una educación ideologizada impartida por profesores y maestros en su mayor parte improvisados y faltos de motivación, con escasos recursos y en aulas hacinadas.
Derechos como la libertad de expresión, de información y asociación, el derecho a la propiedad y al libre movimiento de las personas, no cuentan para el gobierno cubano. En un país que corre el riesgo de quedar despoblado, entre otras razones por el alto índice migratorio, es necesario que el conocimiento de las leyes y normas que regulan la migración, no sea privativo del Ministerio del Interior, sino que se haga extensivo a todos los ciudadanos de la República que en última instancia son sus destinatarios y víctimas.
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